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CONCESIONES MARÍTIMAS

CONCESIONES MARÍTIMAS

 

El 1 de septiembre de 2018 entró en vigencia el Decreto N° 9 que sustituye Reglamento sobre Concesiones Marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nro.2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional. Este decreto, además de regular la tramitación de solicitudes de concesiones marítimas, deja en evidencia que, sin concesión, la instalación de infraestructuras en el borde lacustre es considerada una ocupación ilegal, por ocupar sin autorización un bien nacional de uso público.

 

La recomendación de la Unión Comunal a los vecinos es regularizar la situación y no exponerse a problemas y multas. En resumen, se deben concesionar muelles, hangares, rampas, terrazas, balsas flotantes, boyas de señalización, boyas de amarres, casas de bote, muros de contención cuando sea el caso, y metros cuadrados de playa. El proceso tiene varios costos: el costo de la tramitación de concesión  y el costo del certificado municipal. El impuesto territorial relacionado con la regularización de las playa y de las obras lacustres están sujetas al respectivo Decreto Supremo de Marina que se otorgue a cada usuario, los cuales se cancelan semestralmente según lo señale el respectivo Decreto.

 

Con el propósito de facilitar la tramitación de concesiones del borde costero del Lago Vichuquén, la Unión Comunal ha establecido un convenio con el señor Felipe Lagos Medina, ingeniero geomensor. Este convenio se traduce en un precio único por el servicio de tramitación de la concesión marítima ($2.500.000) para los socios de la UC con sus cuotas al día desde el año 2016 al 2019. La verificación de las cuotas al día la entregará Paz Vial (recaudacionucvichuquen@gmail.com) directamente a Felipe Lagos. Para ponerse al día en las cuotas, contactar a Paz Vial al mismo mail. Será mas eficiente si el proceso se realiza en grupos de casas cercanas.

 

El servicio consta de la ejecución de dos etapas:

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  • ETAPA 1. Estudio de definición de líneas de aguas máximas y mínimas

  • ETAPA 2. Proyecto de concesión marítima y gestión ante el Ministerio de Defensa Nacional y Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.

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El Decreto Supremo N° 9 y el detalle del proceso de concesión se pueden descargar en los siguientes links:

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El pago se realiza directamente a Felipe Lagos, de la siguiente forma:

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  • 50% a la aceptación del presupuesto

  • 35% al ingreso del expediente de concesión a la Capitanía de Puerto y visación del proyecto.

  • 15% una vez obtenido el Decreto Supremo de concesión, con toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

 
Para solicitar el servicio “convenio UC” usted debe escribir un correo a felipelagos@vtr.net señalando:


(a) nombre del propietario,

(b) datos de contacto (email, celular),

(c) sector al que pertenece, y

(d) metros de frente de playa que desea tramitar.

 

El proceso de inscripción se inicia en marzo 2019 y finaliza el 31 de mayo.

 

En el correo debe adjuntar los siguientes documentos:

 

Si es Persona Natural:

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  1. Títulos de dominios de la propiedad, con certificado de dominio vigente en 3 copias. 

  2. Cédula de identidad del concesionario 3 copias.

  3. Poder por escritura publica 1 copia

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Si es Persona Jurídica:

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  1. Títulos de dominios de la propiedad, con certificado de dominio vigente en 3 copias. 

  2. Cédula de identidad del concesionario 3 copias.

  3. Poder por escritura publica 1 copia.

  4. Certificado de Vigencia de la Sociedad 3 copias, no mayor a 6 meses 3 copias.

  5. Constitución de la Sociedad 3 copias.

  6. Poder del Representante legal de la empresa con certificado de Vigencia no mayor a 6 meses 3 copias.

  7. Rol Legalizado de la empresa 3 copias

  8. Extracto del diario oficial de la creación de la Sociedad 3 copias

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Se debe otorgar un Poder a través de escritura pública para poder hacer el trámite. Puede descargar formato aquí:

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